lunes, 14 de septiembre de 2020

La inconstitucionalidad del artículo 39 del Reglamento de Comercio para el Municipio de Ensenada


La semana pasada los regidores de las comisiones de Gobernación y Legislación y de Comercio, se abstuvieron de votar a favor o en contra de la abrogación del articulo 39 del Reglamento de Comercio, que dice:
ARTÍCULO 39.- Por lo que se refiere a malabaristas, payasos, limpia carros, limpia vidrios, cuidadores de espacios para estacionamiento, pedigüeños, personas que piden cooperación sin permiso del Ejecutivo Municipal, traga fuegos y todos aquellos que causen mala imagen y obstruyan las vialidades, se les prohíbe ejercer su activi

dad en vías de circulación vehicular, camellones y en caso de ser sorprendidos serán remitidos a la Dirección de Seguridad Pública Municipal, para el apercibimiento correspondiente.

Sabemos que toda persona tiene el derecho a trabajar para poder vivir con dignidad. El derecho al trabajo sirve, al mismo tiempo, a la supervivencia del individuo y de su familia y contribuye también, en tanto que el trabajo es libremente escogido o aceptado, a su plena realización y a su reconocimiento en el seno de la comunidad.
El derecho al trabajo, amparado en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, afirma la obligación de los Estados Partes de garantizar a las personas su derecho al trabajo libremente elegido o aceptado, en particular el derecho a no ser privado de trabajo de forma injusta. Esta definición subraya el hecho de que el respeto a la persona y su dignidad se expresa a través de la libertad del individuo para elegir un trabajo, haciendo hincapié al tiempo en la importancia del trabajo para el desarrollo personal, así como para la integración social y económica.
Finalmente, establece que al igual que todos los derechos humanos, el derecho al trabajo impone tres tipos o niveles de obligaciones a los Estados Partes: las obligaciones de respetar, proteger y aplicar.
La obligación de respetar el derecho al trabajo exige que los Estados Partes se abstengan de interferir directa o indirectamente en el disfrute de ese derecho. La obligación de proteger exige que los Estados Partes adopten medidas que impidan a terceros interferir en el disfrute del derecho al trabajo. La obligación de aplicar incluye las obligaciones de proporcionar, facilitar y promover ese derecho. Implica que los Estados Partes deben adoptar medidas legislativas, administrativas, presupuestarias, judiciales y de otro tipo adecuadas para velar por su plena realización.
Por otra parte, el Convenio Nº 122 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre la política del empleo de mil novecientos sesenta y cuatro, en su artículo 1°, apunta:
“Artículo 1
1. Con el objeto de estimular el crecimiento y el desarrollo económicos, de elevar el nivel de vida, de satisfacer las necesidades de mano de obra y de resolver el problema del desempleo y del subempleo, todo Miembro deberá formular y llevar a cabo, como un objetivo de mayor importancia, una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido”.
Del artículo transcrito, se aprecia que con el objeto de estimular el crecimiento y el desarrollo económicos, de elevar el nivel de vida, de satisfacer las necesidades de mano de obra y de resolver el problema del desempleo y del subempleo, todo miembro de la Organización Internacional del Trabajo, como México, puesto que es miembro desde mil novecientos treinta y uno, deberá formular y llevar a cabo, como un objetivo de mayor importancia, una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido.
Por tanto, el Estado Mexicano después de la reforma del artículo 1°, de la Constitución Federal, de once de junio de dos mil once, tiene la obligación de vigilar que todas las personas gocen de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que la propia Constitución establezca.
De ahí que, si la libertad de trabajo es un derecho fundamental reconocido en el derecho interno como en el marco internacional, y dicha libertad comprende que los ciudadanos mexicanos elijan libremente la profesión u oficio al cual quieran dedicarse, el Estado se encuentra constreñido a vigilar que dicha libertad no sea restringida por acto alguno del Ayuntamiento de Ensenada
Por consiguiente, de todo lo que antecede, se tiene que a nivel nacional (artículo 5, de la Constitución Federal, que se detallará mas adelante), como internacional, se salvaguarda la libertad de todas las personas para dedicarse a la profesión u ocupación que elijan, sin embargo, en el ámbito nacional, se establece que siempre y cuando la misma sea lícita.
Respecto a la licitud como mandato legal, en cierta parte podría considerarse que desdibuja la libertad de trabajo, sin embargo, el Estado debe limitar legítimamente la misma, estableciendo prohibiciones y requisitos razonables, que no contradigan lo que establece el marco nacional e internacional de protección de derechos humanos, y sin ser regresivas, esto es, no deben ir en contravención con los derechos adquiridos.
Entonces, de conformidad con el principio de derecho que señala que lo que no está prohibido, está permitido, se entiende que en México todo trabajo que no esté prohibido por la ley, debe validarse, siempre y cuando sea libremente elegido por la persona.
El derecho constitucional al trabajo
A fin de dilucidar qué debe entenderse por libertad de trabajo, es menester, en primer lugar, saber qué es el trabajo.
Al respecto, la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 8°, establece que trabajo es toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio.
En ese entendido, el numeral 5, constitucional, dispone que:
“Artículo 5o.- A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial. (…)”.
Es decir, a ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos, lo que significa que dicha libertad, se condiciona a la satisfacción de los siguientes presupuestos:
a) que no se trate de una actividad ilícita;
b) que no se afecten derechos de terceros; y,
c) que no se afecten derechos de la sociedad en general, lo que significa que se protege el interés de la sociedad por encima del particular y, en aras de ese interés mayor se limita o condiciona el individual cuando con éste puede afectarse aquél en una proporción mayor del beneficio que obtendría el gobernado.
Pues bien, una vez precisado todo lo anterior a efecto de determinar que el artículo 39 del Reglamento de Comercio para el Municipio de Ensenada, Baja California, viola en perjuicio de la dignidad de la persona humana, dado que con la aplicación de dicho numeral, no respeta, protege y garantiza los derechos humanos, de las personas que se dedican al oficio que más acomode, violentando la libre selección de trabajo u oficio a que tienen derecho, e impide el autónomo desarrollo del mismo, además de que existe lisa y llanamente una vulneración material al reconocimiento del Derecho Humano a la Igualdad Jurídica.
Lo que se busca es abrogar el Articulo 39 del Reglamento de Comercio para el Municipio de Ensenada, Baja California.

Dicho artículo contraviene principios constitucionales de progresividad, como son aquellos que:
Eliminan los derechos humanos reconocidos, como es el derecho al libre trabajo, igualdad ante la ley y no discriminación.
Es violatorio de disposiciones nacionales e internacionales de las que México es parte, toda vez que es un acto discriminatorio, que tipifica como falta administrativa el trabajo lícito de malabaristas, payasos, limpia carros, limpia vidrios o traga fuegos.
Se viola en su aplicación, el derecho tutelado contenido en el artículo 5, de la Constitución Federal, a la libre profesión, industria, comercio o trabajo, puesto que el trabajo de malabaristas, payasos, limpia carros, limpia vidrios o traga fuegos es licito, al no estar prohibido o tipificado como delito en algún ordenamiento legal, pero si se encuentra garantizado por el numeral de la ley suprema y debe salvaguardarse por la autoridad municipal.
Ante la negativa de aprobar el Punto de Acuerdo sometido por el regidor INDEPENDIENTE Miguel Orea Santiago, se solicitó la opinión consultiva de la CNDH, para que estudie dicho numeral, con la finalidad de determinar acerca de la compatibilidad entre esta norma municipal y los instrumentos internos o internacionales.

jueves, 20 de agosto de 2020

Juez federal otorga suspensión de plano para garantizar a menor de edad, medicamento para su trastorno, identificado como TOC.


Se concede la medida cautelar con efectos anticipatorios, para que la autoridad responsable, realice las gestiones necesarias, para que el menor de edad, reciba de manera inmediata el fármaco Luvox, recetado por un especialista del Instituto de Psiquiatría del Estado de BC.
La madre gastaba aproximadamente 1300 por caja, que le duraban 12 días aproximadamente, ahora, atendiendo al marco legal garantista del articulo 4 constitucional, el medicamento será otorgado por el Instituto, aun a pesar de que no forme parte del cuadro básico de medicamentos del mismo centro de salud, esto es, lo deberá suministrar a costa del mismo, en farmacia particular.



miércoles, 11 de octubre de 2017

Todas las credenciales escoalres

TODAS LAS CREDENCIALES DE ESTUDIANTES son validas para obtener el descuento del 50% de la tarifa de transporte publico, así se publicó en el Periódico Oficial del Estado, el ACUERDO DE CABILDO, que reforma el artículo 73 bis del REGLAMENTO DE TRANSPORTE, que otorga la tarifa preferencial a LOS ESTUDIANTES QUE EXHIBAN LA CREDENCIAL expedida por su escuela o instituto educativo, con reconocimiento oficial o incorporado a la SEP.
la tarifa se debe aplicar o más bien, la tarifa se debió respetar a los estudiantes desde este lunes 9 de octubre.
la pregunta al alcalde es ¿qué Ensenada va primero? la que forman los transportistas o los ciudadanos usuarios del transporte.
¿dónde esta el anuncio en los dos diarios de mayor circulación? o ya de perdis, en su multivisitada pagina de facebook
Haciendo una somera interpretación jurídica de la norma, que dice: será aplicable en horario y periodo escolar. El ciclo escolar e anual, estamos en el 2017-2018, la SEP no determina horarios, esos los turnos, luego entonces, el descuento se será si cumple una o las dos condiciones: horario y periodo escolar.
esto es aunque: el alumno del turno matutino, puede usar el transporte por la tarde, ya que esta en periodo escolar y le tienen que dar el descuento, aunque no sea su horario de clases, al cumplir uno de los requisitos (periodo escolar anual).





viernes, 11 de octubre de 2013

La red 10G entre el CICESE y CalIT2 posibilita la cooperación científica en ‘la nube’



Ensenada, Baja California, México,  11 de octubre de 2013.  Una conectividad de alta velocidad a través de la red de fibra óptica 10G que enlaza por Internet al CICESE permite incrementar exponencialmente la cooperación científica “en la nube” entre México y el resto del mundo gracias al intercambio y visualización de grandes volúmenes de datos en tiempo real.

La conectividad existente ha beneficiado la investigación en áreas como la nanotecnología, astronomía, oceanografía física, ciencias de materiales, sismología y ciencias de la computación, coincidieron diversos ponentes que acudieron a este centro de investigación a relatar la experiencia con sus proyectos a través de este ancho de banda de gran capacidad.
La conectividad a través de la red de fibra óptica ha permitido incrementar la cooperación en proyectos de cómputo en la nube, monitoreo sismológico, geología, modelación númerica de eventos de ciclones tropicales y modelos de transporte y dispersión de hidrocarburos en estuarios del Golfo de México, entre otros casos que se presentaron durante el foro Big Data, Big Network, realizado este 10 y 11 de octubre en el auditorio institucional del CICESE.
Durante el foro, organizado por esta institución en conjunto con el Centro Universitario para el Desarrollo de Internet (CUDI) y la  Corporación para Iniciativas de Redes de Educación en California (CENIC, por sus siglas en inglés), diversos investigadores del CICESE y de otras instituciones globales discutieron las posibilidades que ofrece la red 10G AmLight para compartir datos, facilitar la ejecución de proyectos en conjunto y crear plataformas científicas en línea, o hubs, a través de portales como HUBZero.
HUBZero, por ejemplo, es una plataforma de código abierto desarrollada en la Universidad Purdue, que está  basada en “la nube” para construir sitios científicos, gracias a su capacidad de ejecutar códigos de investigación computacional, administración de bases de datos  y visualizar y analizar resultados a través de un navegador de Internet, según presentó Michael McLennan, director de la organización HUBZero.
El sitio thermalHUB, por ejemplo, un sitio que opera a través de la red nanoHUB, que fue la raíz de la creación de HUBZero, provee herramientas digitales, bases de datos compartidas y recursos en línea para la investigación enfocada en la transferencia de calor, y es sólo uno de los ejemplos de intercambio


científico por Internet que sólo una conectividad 10G como la que comparte este centro con el vecino país del norte puede lograr.
A su vez, el doctor Enrique Pacheco Cabrera, técnico titular del Departamento de Electrónica y Telecomunicaciones del CICESE y coordinador general de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico de la Agencia Espacial Mexicana, subrayó la necesidad de contar con una red más ambiciosa de procesamiento de datos y conectividad para las actividades de este sector en México, que proyecta la construcción de un centro de datos con capacidad de procesamiento de 1.5 petabytes.
Otro ejemplo de la cooperación que se ha incrementado tras la implementación de la Red 10G del CICESE es compartir datos de monitoreo de actividad sísmica en tiempo real con tecnologías como LiDAR (Light Detection and Ranging, en inglés), que utiliza láseres para proveer mapeo rápido y uniforme de un rango variado de características geológicas, uso que ha sido posible gracias a esta conectividad.
La conectividad actual AmLight 10G permite el flujo rápido de información a través de las fronteras a las instalaciones de Open Topography en el Centro de Supercómputo de San Diego, lo cual permite un mejor análisis de la información geológica y visualización para investigadores del CICESE y del centro KeckCaves de la Universidad de California en Davis, mejorando la capacidad de colaboración entre científicos estadounidenses y mexicanos para tratar de predecir la ocurrencia de sismos.

martes, 13 de agosto de 2013

Alcanzar 1% de inversión en CTI permitirá ampliar el sistema científico mexicano: CONACYT


Ensenada, Baja California, México, 13 de agosto de 2013. Alcanzar la meta de inversión en Ciencia, Tecnología e Innovación equivalente al 1% del Producto Interno Bruto del país este sexenio podría permitir la creación de más infraestructura y un mayor número de plazas y becas de posgrado para la formación y contratación de científicos en los centros de investigación pública de México.
Así lo aseguró el Dr. Enrique Cabrero Mendoza, director general del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT) en el marco de la presentación del libro conmemorativo del 40º Aniversario del Centro de Investigación Científica y de Educación Superior de Ensenada (CICESE).
“Por el tamaño de nuestra economía y la calidad de nuestro sistema científico, deberíamos de estar alrededor del 1% de inversión del PIB, y con el 0.47% que tenemos actualmente, necesitamos más que duplicar el esfuerzo, y que este compromiso lo compartan los gobierno estatales y el sector privado, que históricamente ha invertido poco en este rubro, que espero renueve su entusiasmo y vean los beneficios que esta inversión redituará en la competitividad de las propias empresas,” expresó Cabrero Mendoza.
En la actualidad, el sistema de Centros Públicos de Investigación CONACYT se compone de 27 instituciones que tienen presencia en 25 estados y 49 ciudades del país, y se ubica en el décimo lugar en términos de producción científica en Latinoamérica, así como en segundo lugar en el país, sólo por debajo de la Universidad Nacional Autónoma de México.
Las contribuciones de este sector abarcan todas las áreas prioritarias de la república, con 3,662 proyectos de investigación, más de 40,000 becarios CONACYT, 138 posgrados, 500 científicos graduados por año y más de 86 patentes, según datos oficiales de CONACYT.
Países como España y Brasil destinan desde hace tiempo el 1% de su PIB al rubro de Ciencia, Tecnología e Innovación, e incluso algunos países europeos y asiáticos invierten más del 3%, cuando México no ha logrado pasar del 0.5 por ciento en su historia reciente.
El funcionario destacó la calidad y el prestigio de la ciencia nacional, así como su aportación a la sociedad mexicana, aunque reconoció que existe el reto de incrementar la formación de recursos humanos de alto nivel e incrementar el número de investigadores jóvenes en el sistema nacional, ante la creciente edad promedio de los científicos mexicanos.
En comparación con países con Japón o Estados Unidos, donde en promedio 10 de cada 1,000 ciudadanos de la población económicamente activa se dedican a la investigación científica, en México ese índice es de sólo 1 de cada 1,000 personas, señaló Cabrero.
“Estamos planteando las necesidades del sector para ir expandiendo el sistema de ciencia y tecnología del país en un crecimiento paulatino en los próximos cinco años, y esperamos que los legisladores sean sensibles a esta demanda.”
CICESE celebra 40º Aniversario con libro conmemorativo
En homenaje a sus 40 años de historia en Baja California, este centro de investigación dio a conocer su libro conmemorativo CICESE: Los Primeros 40 Años, donde destaca la historia de la institución y su contribución a la ciencia mexicana y la formación de investigadores de alto nivel.
“Pese a todos los obstáculos a lo largo de nuestro camino, contamos hoy en día con más de 170 investigadores trabajando en proyectos científicos relacionados con el agua, la oceanografía, el cambio climático, ciencias de la computación y otras áreas importantes para el país, así como con un legado de casi 2,100 maestros y doctores formados en este centro,” dijo el Dr. Federico Graef Ziehl, director general de CICESE.
En el documento de 232 páginas, cuya presentación estuvo a cargo del Dr. Saúl Álvarez Borrego, exdirector de este centro de investigación, se presenta un panorama general del avance y las contribuciones en los temas de investigación en los que el CICESE ha tenido gran participación a lo largo de cuatro décadas de historia.
El libro cuenta con seis capítulos, en donde se pueden encontrar artículos firmados por investigadores y colaboradores de las cuatro divisiones académicas de CICESE, así como reflexiones y agradecimientos a cargo de exdirectores de la institución y destacados empresarios y autoridades que se han asociado con CICESE en la realización de proyectos científicos de gran alcance.

viernes, 12 de julio de 2013

Emite EU ley que afecta a pesca de atún; México suspenderá beneficios comerciales como represalias


-          OMC: México cumple con los estándares internacionales de pesca


-          Etiqueta “dolphin-safe” marcado por la opacidad


Por Julio César García Ortiz


Ensenada, B. C. 12 de julio de 2013.El Gobierno de la República se encuentra en consultas con su industria para la cuantificación del impacto económico e impugnar ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) para hacer cumplir a Estados Unidos con sus obligaciones ante esta instancia internacional. 


Estados Unidos emitió el 9 de julio de este año una nueva Ley que afecta a la pesca mexicana de atún, dicho mandato mantiene un trato discriminatorio hacia la pesca del atún en México, pues contempla dos regímenes normativos diferentes, uno para el País y otro para los pescadores estadounidenses, aseguró la Secretaría de Agricultura.


De confirmarse la violación, México estará en posibilidad de imponer represalias comerciales a Estados Unidos, para lo cual se está considerando suspender beneficios en diversos sectores productivos.  Dicha suspensión se mantendrá hasta en tanto Estados Unidos no aplique adecuadamente la decisión de la OMC, señaló en boletín la Secretaría.


 En el mes de año pasado, la Organización Mundial del Comercio (OMC) dio a conocer su decisión a favor de México en la disputa sobre los efectos restrictivos al comercio que ocasiona la etiqueta “dolphin-safe” al confirmar que los requisitos de etiquetado son discriminatorios, afectan la importación y comercialización de atún mexicano en Estados Unidos e incentivan prácticas pesqueras que no son sustentables.  


La decisión de la OMC confirma que los métodos de pesca utilizados por la flota mexicana cumplen de manera responsable con los estándares internacionales más elevados para la protección de los delfines y, además, aseguran la sustentabilidad del atún y otras especies marinas del ecosistema. De igual manera, la OMC determinó que la normatividad estadounidense no informa correctamente al consumidor sobre el verdadero daño que se causa a los delfines al amparo de la etiqueta “dolphin-safe”.


La OMC otorgó un plazo de 13 meses para que Estados Unidos pudiera cumplir con la decisión del Órgano de Apelación, el cual expira el próximo 13 de julio de 2013.  


El pasado 5 de abril de 2013, Estados Unidos publicó una propuesta de modificaciones regulatorias sobre el etiquetado “dolphin-safe” a la que México presentó comentarios formales en oposición debido a que dicha propuesta regulatoria no atendía a la decisión de la OMC,  al mantener incentivos a prácticas pesqueras altamente depredatorias de especies marinas.


Adicionalmente, el gobierno de México informó oficialmente a la Oficina del Representante Comercial de ese país, que la nueva regulación propuesta por Estados Unidos no cumple con la decisión de la OMC al mantener el efecto discriminatorio de la medida sobre las exportaciones de atún mexicano.


El 9 de julio de 2013, Estados Unidos emitió la nueva medida regulatoria con la que pretendía atender la decisión de la OMC. Sin embargo, no lo hace; mantiene dos regímenes normativos diferentes: (i) uno con medidas altamente efectivas acordadas internacionalmente para proteger a los delfines en la zona en la que México pesca (Océano Pacífico Oriental) y (ii) otro laxo y sin vigilancia establecido unilateralmente para otras zonas pesqueras en donde flotas como la estadounidense pescan y en las que continuará registrándose un alto índice de mortalidad de delfines. 


El Gobierno de la República se encuentra en consultas con su industria para la cuantificación del impacto económico.  En este sentido, México impugnará ante la OMC que Estados Unidos no cumplió con sus obligaciones ante esta instancia internacional.  De confirmarse la violación, México estará en posibilidad de imponer represalias comerciales a Estados Unidos, para lo cual se está considerando suspender beneficios en diversos sectores productivos.  Dicha suspensión se mantendrá hasta en tanto Estados Unidos no aplique adecuadamente la decisión de la OMC.


México continuará defendiendo al sector pesquero nacional y la sustentabilidad de las pesquerías ante la OMC y otros foros internacionales.  México exhorta a los Estados Unidos a promover prácticas pesqueras sustentables que protejan a los delfines y a otras especies del ecosistema marino.

jueves, 11 de julio de 2013

El público dice que los periodistas contribuyen mucho a la sociedad, se reduce 10 puntos

Más de tres cuartas partes de los estadounidenses siguen creyendo que los miembros de las fuerzas armadas contribuyen "mucho" a la sociedad del bienestar. Por el contrario, sólo el 37% dice que el clero hacen una gran contribución a la sociedad, y los periodistas se han reducido al máximo en la estimación pública desde 2009.
Los estadounidenses continúan manteniendo a los militares en alta estima, con más de tres cuartas partes de los adultos estadounidenses (78%) dice que los miembros de las fuerzas armadas contribuyen "mucho" a la sociedad del bienestar. Es un modesto descenso del 84% de hace cuatro años, la última vez que el Centro de Investigación Pew pidió a la población diversos tipos de profesiones. Pero los militares todavía encabeza la lista de los 10 grupos de trabajo, seguidos de cerca por los profesores, médicos, científicos e ingenieros. Una gran mayoría de la población dice cada una de las ocupaciones contribuye mucho a la sociedad.

Por el contrario, sólo el 37% de los estadounidenses encuestados cree que los clérigos hacen una gran contribución a la sociedad, lo mismo que en 2009. Feligreses regulares tienden a ser más positivo sobre los ministros, sacerdotes y otros miembros del clero. Pero incluso entre los adultos que dicen que asisten a servicios religiosos al menos una vez a la semana, sólo alrededor de la mitad (52%) clero de tasas en general, contribuye "mucho" a la sociedad, mientras que el 29% dice que los sacerdotes hacen "algo" de la contribución, y 11 % dice que el clero contribuyen "no mucho" o "nada en absoluto".
En comparación con las clasificaciones de hace cuatro años, los periodistas se han reducido al máximo en la estimación pública. La participación del público diciendo que los periodistas contribuyen mucho a la sociedad se ha reducido 10 puntos porcentuales, de 38% en 2009 al 28% en 2013. La caída es particularmente pronunciada en las mujeres (hasta 17 puntos). Acerca de tantos adultos estadounidenses ahora dicen periodistas contribuyen "no mucho" o "nada" a la sociedad (27%), como dicen ellos contribuyen mucho (28%).